¿Es juego o es burla?

18 de agosto de 2009

Comunicado No. 0809/023BP

¿Es juego o es burla?

Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), por este medio nos permitimos expresar nuestra indignación por la carencia de seriedad en el ejercicio de la función pública por parte del Secretario de Seguridad Pública del Estado, mostrada en sus contradictorias decisiones con relación a la aplicación de los operativos antialcohol.

Es increíble y muy lamentable que casi al finalizar la presente administración pública uno de los servidores públicos con mayor responsabilidad se conduzca en forma errática, inestable, respecto de un tema altamente sensible para la ciudadanía, como lo es un espacio de actuación gubernamental municipal sujeto al debate por representar una acción inconstitucional y, al mismo tiempo, una oportunidad para el abuso y la extorsión por parte de algunos elementos integrantes de los cuerpos de seguridad pública, tránsito y vialidad.

Es contradictorio que, por un lado, el Secretario de Seguridad Pública aduzca que los elementos que integran el cuerpo de policía bajo su responsabilidad tienen que ser vigilados por el ejército por no ser confiables y, por otro lado, ahora pretenda hacernos creer que si dichos elementos participan en operativos antialcohol éstos serán realizados en forma adecuada.

La población de Nuevo León merece que las tareas gubernamentales sean efectuadas con profesionalismo y eficacia y no como si el quehacer público fuese un juego o motivo de burla.

Exigimos que el Secretario de Seguridad Pública ajuste su actuar al marco jurídico en vigor y respete puntualmente la esfera de derechos inviolable de la ciudadanía: las garantías individuales, particularmente el derecho al libre tránsito, mismo que se violenta a través de la aplicación de los operativos antialcohol.

Fraternalmente,

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS

Comunicado conjunto sobre la resolución de la SCJN en torno al caso Acteal

Comunicado conjunto sobre la resolución
de la SCJN en torno al caso Acteal

México, D.F., 14 de agosto de 2009

  • SCJN dio su aval a la impunidad con su decisión sobre el caso Acteal.
  • La resolución confirma una vez más el agotamiento de las instancias nacionales para garantizar el acceso a la justicia en nuestro país.
  • Levantamos la voz para exigir justicia por los 45 asesinados en Acteal.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) dio su aval nuevamente a la impunidad con su decisión de amparar a 26 indígenas chiapanecos y ordenar la liberación inmediata de 20 de ellos, todos los cuales habían sido sentenciados por su participación en la masacre de Acteal. Los ministros de la Primera Sala de la SCJN justificaron su decisión en el hecho de que las sentencias se basaron en pruebas y testigos fabricados por la Procuraduría General de la República (PGR). De igual manera resolvieron que ésta, junto con jueces y magistrados violaron gravemente las garantías procesales de los sentenciados.

La Suprema Corte no se pronunció con respecto a la culpabilidad o inocencia de los indígenas amparados, sino que se limitó a señalar que hubo actuaciones contrarias al orden constitucional por parte de la PGR, así como de los jueces y magistrados que intervinieron en el proceso. Sin embargo, su decisión supone un grave riesgo para los derechos humanos, debido a que por negligencias cometidas por agentes del Estado mexicano durante el crimen cometido el 22 de diciembre de 1997 en Acteal, así como en su proceso de investigación, éste quedará en impunidad. Cabe destacar que al momento actual, los familiares de los sobrevivientes no han encontrado acceso a la justicia: ni sanción a responsables, ni reparación integral del daño.

La resolución adoptada por la Primera Sala del Máximo Tribunal confirma una vez más el agotamiento de las instancias nacionales para garantizar el acceso a la justicia en nuestro país. Su decisión la convierte en factor de impunidad, pero también pone en evidencia la incapacidad y la ineficiencia de las instancias de procuración y administración de justicia, lo que permite que éstas sean usadas discrecionalmente por las diversas autoridades como espacios de control político y de negociación.

Frente a esta realidad levantamos la voz para exigir justicia por los 45 niños, mujeres y hombres asesinados en Acteal. Confiamos para ello en el compromiso decidido de los sobrevivientes y sus familiares. Mientras estos crímenes no sean esclarecidos, ni los responsables –tanto materiales como intelectuales– sean debidamente procesados y sentenciados, cualquier acción gubernamental carecerá de credibilidad.

Nos solidarizamos con quienes en Acteal sufrieron la injusticia y la siguen sufriendo y avalamos la coadyuvancia del Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de las Casas en el caso Acteal. Por lo tanto también expresamos nuestro compromiso para evitar que en la región vuelvan a imponerse las condiciones para el resurgimiento de la violencia.  De ello serían responsables tanto el gobierno del Estado de Chiapas como el gobierno federal, que en 12 años han sido manifiestamente incapaces para proponer soluciones reales y se han empeñado en seguir vulnerando los derechos de los pueblos indígenas.

ORGANIZACIONES:

  • Católicas por el Derecho a Decidir, A.C.
  • Centro de Derechos Humanos
    “Fray Francisco de Vitoria, O.P.” A.C.
  • Centro de Derechos Humanos
    Miguel Agustín Pro Juárez, A.C. (Centro Prodh)
  • Centro de Derechos Humanos Victoria Diez, A.C.
  • Centro de Derechos Humanos
    ”Fray Francisco de Vitoria O.P.”A.C.
  • Centro de Investigación y Promoción Social A.C. (CIPROSOC)
  • Centro Nacional de Comunicación Social A.C. (CENCOS)
  • Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C. (CADHAC)
  • Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad (CCTI)
  • Colectivo Garrapathos; Querétaro
  • Comisión de Religiosos de Justicia, Paz y Vida
  • Comisión de Solidaridad y Defensa de los Derechos Humanos, A. C.
  • Comité de América Latina y el Caribe
    para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM)
  • Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (CLADEM JALISCO)
  • Comité Monseñor Romero
  • Contraimpunidad (Uruguay)
  • Enlace, Comunicación y Capacitación, A.C.
  • Equipo Indignación A.C. , Mérida, Yucatán
  • Fuga A.C., Espacio Alternativo
  • Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia A.C.
  • La Academia Mexicana de Derechos Humanos, A.C.
  • Mujeres Sin Miedo
  • Nuestras Hijas de Regreso a Casa, A.C.
  • Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio
  • Observatorio Latinoamericano de Geopolítica
  • Paz con Democracia
  • Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales A.C. (ProDESC)
  • Red de Intelectuales y Artistas en Defensa de la Humanidad
  • Red de Solidaridad con Chiapas
  • Red Guerrerense de Organizaciones Civiles y de Derechos Humanos
  • Red Mesa de Mujeres de Ciudad Juárez
  • Red Nacional de Organismos Civiles de Derechos Humanos “Todos los Derechos para Todas y Todos”
  • Servicios y Asesoría para la Paz, A.C. (Serapaz)

  • Sistema Universitario Jesuita: Universidad Iberoamericana Ciudad de México, Universidad Iberoamericana Torreón, Universidad Iberoamericana León, Universidad Iberoamericana Puebla, Universidad Iberoamericana Tijuana, Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Occidente de Guadalajara (ITESO), Centro de Estudios Ayuuk-Universidad Indígena Intercultural Ayuuk, Oaxaca, Universidad Loyola del Pacífico.
  • Tinku – Dinamarca

PERSONALIDADES:

  • Carlos Morfín Otero SJ,
    Provincial de la Compañía de Jesús en México
  • Gonzalo Ituarte Verduzco,
    Provincial de la orden de predicadores
    (Dominicos) en México.
  • Fray Miguel Concha Malo, O.P.,
    Promotor Regional de Justicia y Paz
    de los Dominicos en América Latina y El Caribe
  • Pablo González Casanova
  • Carlos Fazio
  • Julieta Egurrola
  • Humberto Robles
  • Carmen Huete
  • Enrique González Ruiz
  • Ofelia Medina
  • Begoña Lecumberri
  • Ana Esther Ceceña
  • Giovanna Cabazola
  • Teresa Zacarías
  • Claudia Santiago
  • Rodolfo Stavenhagen
  • Juan Brom
  • Francesca Guillén
  • Guillermo Briseño
  • Juan Bañuelos
  • Dolores González
  • Miguel Alvarez
  • Pablo Romo
  • Magdalena Gómez
  • Bruno Bichir
  • Guadalupe Bringas
  • Angélica Araceli Reveles Soto
  • Denise Ramirez
  • Vicente López
  • Adolfo Gilly
  • Luciano Concheiro
  • Patricia Rodríguez Jurado, Argentina
  • Oscar Rivera
  • Malcom Aquiles
  • Gilberto López y Rivas
  • Alicia Castellanos
  • Victor Flores Olea
  • Paulina Fernández

Para mayor información comunicarse a:

Área de Comunicación y Análisis del Centro Prodh

Quetzalcoatl g. Fontanot (04455 3917 5068)

Teléfono: (0155) 55468217, extensión 110

Correo electrónico: analisis@centroprodh.org.mx

¿Avance o retroceso?

13 de agosto de 2009

Comunicado No. 0809/022BP

¿Avance o retroceso?

Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), por este conducto manifestamos nuestro beneplácito por la anunciada prohibición de instalar retenes municipales de policía y tránsito, incluidos los antialcohol, en el área metropolitana de Monterrey; al mismo tiempo lamentamos que dicha medida no derive de la intención de las autoridades de respetar los derechos de todo ciudadano al libre tránsito, a la presunción de inocencia y las garantías de legalidad en el actuar de las autoridades. La medida anunciada por las autoridades parte de su aparatosa ineficiencia para crear y mantener cuerpos de policía y tránsito confiables y honestos, comprometidos con la seguridad de la ciudadanía y con el bien público del Estado.

Expresamos nuestra preocupación por la posibilidad e intención, expresada por el Secretario de Seguridad Pública del Estado, de instalar en un futuro retenes en los que participe la Federación; ello confirma que las autoridades no pretenden dar un paso hacia el reconocimiento de los derechos ciudadanos, sino solamente asumen la medida como una respuesta urgente a la infiltración del narco en los cuerpos de policía y tránsito, a la corrupción de los elementos que integran dichos cuerpos.

La participación del ejército o de la policía federal no es garantía de que no se cometerán abusos en contra de la ciudadanía; hay múltiples registros de hechos ilícitos inferidos por elementos integrantes de dichos cuerpos en perjuicio de civiles y que han quedado impunes. La indefensión del ciudadano común es mucha ante un policía y lo es más ante un miembro del ejército

Consideramos preocupante la mención relativa a que futuros operativos, en los que intervendrá la policía federal, serán dirigidos a pandillas y en bares y antros,  puesto que implica una precriminalización de quienes frecuenten dichos lugares.

Todo reten u operativo de ese tipo constituye una violación a los derechos humanos y es además un espacio propicio para la extorsión y el abuso, mismos que no podemos descartar se presentarán sólo porque participen autoridades federales, puesto que éstas también son susceptibles de corrupción e ineficiencia.

Apreciamos como un retroceso y no como un avance el anuncio hecho por el Secretario de Seguridad Pública, puesto que prohibir la instalación de retenes y operativos a las policías municipales pero mantener la autorización para que los realicen cuerpos federales sigue constituyendo un atentado a los derechos humanos de quienes habitamos Nuevo León. La autoridad está indicando que los derechos ciudadanos ahora serán violados, con su autorización, por fuerzas federales, difícilmente esto puede constituir un avance en el respeto de los derechos humanos

Ratificamos nuestra opinión relativa a la inconstitucionalidad de la participación del ejército en tareas de investigación y persecución de delitos y nuestra preocupación por el hecho de que cada vez se abre más el espacio de ilegal intervención del mismo en la vida civil.

Exhortamos al Gobierno del Estado a ajustarse a la recomendación número 13 realizada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, visible en el Diagnóstico sobre la situación de los Derechos Humanos en México 2003, así como a las recomendaciones emitidas en el Examen Periódico Universal a nuestro país.

Fraternalmente,

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS

¿Necesidad real o creada?

24 de junio de 2009
Comunicado No. 0609/021BP

¿Necesidad real o creada?

Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), por este conducto manifestamos nuestra preocupación por la posibilidad de que la Administración Pública estatal concrete el proyecto de edificar un nuevo centro penitenciario, sin contar con un estudio o diagnóstico que justifique la necesidad de construirlo.

Dicha preocupación deriva del hecho de que en el Estado ya existen tres centros de readaptación o reinserción social y sólo en uno de ellos, el Topo Chico, se reporta una pequeña sobrepoblación y en ninguno de ellos se reporta la prestación de servicios eficientes, apegados a las normas constitucionales vigentes y a los estándares internacionalmente aceptados.

Antes de realizar una obra suntuaria e innecesaria, deben adoptarse las medidas que, por lógica, son útiles para abatir la sobrepoblación que pudiera alegarse existe, como son:

  • Crear y utilizar mecanismos que permitan privar de la libertad a las personas solamente después de que judicialmente se haya acreditado su responsabilidad en un hecho delictuoso; es decir, evitar lo más posible el uso de la prisión preventiva;
  • Remitir a los reos inimputables a espacios de salud especializados, por tratarse de personas enfermas y no de delincuentes;
  • Realizar una revisión puntual de la situación jurídica de cada uno de los internos, para identificar aquéllos que pueden obtener el beneficio de la libertad anticipada y proceder a otorgársela.

En el estudio denominado Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria publicado en este año por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, se aprecia que la calificación de Nuevo León con relación a la calidad de los servicios que se prestan en los penales ha descendido, ya que en el año 2006 fue de 7.27 y en el 2008 cayó a 6.69; fueron evaluados 56 indicadores, encontrándose 50 de ellos con calificación a la baja y sólo 6 a la alza, lo cual evidencia el detrimento de la calidad de dichos servicios en la actual Administración y obliga a revisar escrupulosamente si es o no necesario construir un nuevo penal.

Las reiteradas quejas presentadas por internos e internas y sus familiares con relación a actos de tortura, malos tratos, falta de oportunidades de empleo y de actividades deportivas y culturales, aplicación de castigos desmedidos e ilegales, deficiente alimentación e insuficiencia de servicios psicológicos y médicos, así como respecto a las indignantes revisiones corporales que se practican en la persona de los visitantes, ratifican que lo que sí se requiere urgentemente es la revisión y modificación de los procedimientos que se siguen en la prestación de los servicios penitenciarios, así como la verdadera profesionalización de los prestadores de los mismos, evitando la participación de personas carentes del perfil necesario, como lo

son algunos celadores señalados por la Comisión Nacional de Derechos Humanos como presuntos responsables de actos de tortura.[1]

El endurecimiento de las sanciones penales, el abuso de la prisión preventiva, la preeminencia de grupos de control al interior de los espacios penitenciarios en oposición a los representantes del orden, el probable tránsito o tráfico de drogas y de armas, la corrupción y la impunidad, son factores que deben ser analizados para proceder a su erradicación antes de  gastar el dinero público en un rubro en el que las autoridades han demostrado ser negligentes.

De nada serviría realizar una millonaria inversión económica y contar con un moderno edificio si no se cuenta también con una política pública integral, que incluya personal debidamente calificado y probado en su honestidad, profesionalismo, capacidad y disponibilidad de trabajo en un área que es singularmente sensible y trascendente para toda la sociedad, como lo es la reinserción social.

Como Estado, debemos decidir conscientemente si nuestro proyecto social es seguir propiciando las condiciones que generan delincuencia y, por tanto, la necesidad de contar con más espacios penitenciarios, o si enfocamos nuestra determinación y recursos a lograr que mejoren las condiciones socioeconómicas de la población y los servicios de seguridad pública y procuración y administración de justicia, para lograr que prevalezca el Estado de Derecho sin necesidad de encarcelar a más gente y de gastar más dinero del erario en servicios que no cumplen el objetivo de lograr la reinserción social del delincuente.

Exhortamos nuevamente a las autoridades estatales a analizar amplia y públicamente la viabilidad de un nuevo penal y, con suma responsabilidad en el ejercicio de la función que les está encomendada, descartar su edificación.

Fraternalmente

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS, A. C.


[1] Recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos No. 42/99

La sordera reincidente

19 de junio de 2009

Comunicado No. 0609/020BP

La sordera reincidente

Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), por este conducto reiteramos nuestra inconformidad y repudio a los operativos y la ilegal actuación del ejército y la policía federal en la “investigación” abierta respecto de elementos de las policías de Escobedo y San Nicolás de los Garza, Nuevo León, misma que se sigue en procesos penales del fuero común.

Reprobamos la repetida indiferencia y sordera de las autoridades estatales y municipales ante los señalamientos ciudadanos referentes a:

  • la anticonstitucional participación del ejército en tareas relativas a la seguridad pública de esta Entidad Federativa Soberana,
  • la indebida participación de la policía federal en asuntos locales (bloqueo de calles),
  • las diversas violaciones a las garantías de seguridad jurídica de los policías detenidos,
  • las irregularidades cometidas en las detenciones basadas solamente en narcolistas

Demandamos se castigue a quienes verdaderamente sean responsables de delitos y se reconozca la inocencia de quienes no hayan cometido ilícito alguno, y para ese efecto exigimos que las autoridades competentes den estricto cumplimiento a la ley; es decir, se realicen a priori y con la debida oportunidad las investigaciones profesionales, imparciales, completas y apegadas a Derecho que resulten necesarias para acreditar la posible existencia de delitos y la probable responsabilidad de las personas a quienes se pretenda privar de la libertad, para que así los procesos penales puedan integrarse correctamente y culminar con sentencias justas y legales.

De nada sirve que sólo como una expresión mediática (coincidentemente en pleno proceso electoral) se detenga inconstitucionalmente a un gran número de agentes policíacos, para luego verse en la necesidad de dejarlos libres por falta de pruebas. Ello constituye un abuso de poder y un espectáculo que incrementa la percepción de inutilidad de nuestro sistema gubernamental, al tiempo que recrudece la desconfianza de la ciudadanía, sobre todo porque casualmente los que ya recuperaron su libertad son los altos mandos; es decir, quienes son los más obligados a estar enterados del quehacer y la conducta de sus subordinados ahora acusados.

¿Es creíble que los jefes no sepan lo que hacen sus empleados?…, que éstos se atrevan a hacer ilegalidades sin que sus jefes lo aprueben?…, que quienes tienen a su alcance toda la información estén ignorantes de lo que sucede en su ámbito de trabajo y no estén involucrados en los delitos que se presume existen?…

Es necesario que la autoridad responsable de la investigación, el Ministerio Público- y no cuerpos militares- sea quien realice esta labor de manera eficaz, que permita someter a la ley a quienes sí sean responsables de actos atentatorios al bienestar de la comunidad. Es inaceptable  utilizar los procesos legales sin fundamento y sólo como un medio de distracción o ataque.

Toda acción en contra de la delincuencia organizada carece de legitimidad si se ejecuta violentando la ley, la soberanía de las entidades federativas y los derechos humanos de los presuntos responsables; además, propicia la impunidad y el creciente deterioro del Estado de Derecho.

Exigimos a los servidores públicos estatales y municipales cumplir con el mandato constitucional de respetar y hacer respetar la Constitución y demás leyes, y se comprometan a erradicar los operativos y demás acciones que transgreden el orden jurídico vigente.

¡No a la impunidad, sí a la legalidad!

Fraternalmente,

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS

La aplicación selectiva de la Ley

12 de junio de 2009

Comunicado No. 0609/019BP

La aplicación selectiva de la Ley

Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), organización de la sociedad civil sin fines de lucro que desde 1993 se dedica a la promoción y defensa integral de los derechos humanos, por este conducto manifestamos nuestra inconformidad por: a) la selectiva y discriminatoria respuesta de las autoridades gubernamentales a la obstrucción de la vía pública realizada por policías municipales de San Nicolás de los Garza y Escobedo; y b) los ilegales “métodos de investigación” aplicados por la policía federal y/o el ejército en contra de algunos elementos de policía municipal en las instalaciones de la Academia Estatal de Policía, con la complacencia de las autoridades estatales.

Aunque no estamos de acuerdo con el delito de “obstrucción de la vía pública”, nos parece sumamente grave la aplicación selectiva de la ley, al no sujetar a proceso a todos los policías que bloquearon importantes avenidas del municipio de San Nicolás de los Garza, puesto que dicha conducta actualmente sí constituye un delito. Es evidente que las autoridades estatales y municipales aplican todo el peso de la ley a hechos o situaciones de esa índole realizados por ciudadanos, más no a los efectuados por servidores públicos, siendo que éstos son los más obligados a acatar la ley y a no utilizar sus uniformes, insignias y armas en interés propio, así como a no poner en riesgo la seguridad de la comunidad.

En cuanto a los operativos federales llevados a cabo por militares, reiteramos que son inconstitucionales por violentar las disposiciones del artículo 14, conforme al cual las investigaciones de los hechos delictuosos debe realizarlas el Ministerio Público antes de privar de la libertad a los presuntos responsables y no después de ello. Además, al realizar las investigaciones debe de abstenerse de infligir tortura o malos tratos a los presuntos involucrados. De nada sirve que la actual administración pública haya formalmente adoptado el Protocolo de Estambul[1], si en los hechos no lo aplica, permite y tolera la práctica de la tortura e incluso autoriza que un servidor público que fue señalado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos como presunto responsable de actos de tortura continúe desempeñando funciones públicas como custodio de menores de edad privados de la libertad[2].

Y por si no fueran suficientes abusos la detención arbitraria y la tortura, ahora los elementos policíacos afectados están siendo amenazados de no volver a ocupar sus puestos sino hasta que

hayan aprobado “pruebas de confianza”, ¿Acaso no basta con ser inocente de un delito y por ello recuperar la libertad? ¿Qué no dice la ley que la relación de trabajo se suspende por la detención del trabajador y se reanuda al recuperar éste la libertad por absolución?[3]

También es sabido que hay ciudadanos que han sufrido abusos y delitos a manos de policías y a pesar de que esos ciudadanos afectados los señalan y reconocen como los responsables de un ilícito, continúan en libertad y el Ministerio Público Especializado en Delitos Electorales y de Servidores Públicos no ejerce acción penal contra ellos.

La contundente realidad nos dice que las autoridades estatales y municipales se alían con las autoridades federales para violentar los derechos fundamentales de los policías y se alía con éstos para violentar los de los ciudadanos.

¿Hasta cuándo las autoridades municipales, estatales y federales seguirán aplicando (manipulando) selectivamente la Ley sólo en beneficio de sus intereses propios?

Nuevamente exigimos a las autoridades competentes se apeguen a criterios de legalidad y justicia, sancionando las acciones contrarias a la ley, independientemente del rol de los presuntos responsables a fin de que avancemos en el camino democrático, respetando  el Estado de Derecho.

¡No a la impunidad, sí a la legalidad!

¡Juzgados sí, torturados jamás!

Fraternalmente,

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS


[1] Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, suscrito por Nuevo león el 10 de junio de 2005

[2] Recomendación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos No. 42/99

[3] Ley Federal del Trabajo, artículo 42: Son causas de suspensión temporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para el trabajador y el patrón: III.- La prisión preventiva del trabajador seguida de sentencia absolutoria. . .

Legalidad y Estado de Derecho: también usurpados

04 de junio de 2009

Comunicado No. 0609/018BP

Legalidad y Estado de Derecho: también usurpados

Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A. C. (CADHAC), organización de la sociedad civil sin fines de lucro que desde 1993 se dedica a la promoción y defensa integral de los derechos humanos, por este conducto manifestamos nuestra total reprobación a las anticonstitucionales acciones realizadas recientemente en Michoacán y en Nuevo León por el Poder Ejecutivo Federal a través de la Procuraduría General de la República y del Ejército Mexicano.

Las detenciones de alcaldes, policías y otros funcionarios de seguridad pública de las mencionadas entidades federativas constituyen violaciones a su soberanía, así como a las garantías de seguridad jurídica previstas en los artículos 14, 16 y 21 de la Constitución y en diversos tratados internacionales de aplicación obligatoria para México.

Apoderarse de los derechos que legítimamente pertenecen a otros constituye una usurpación, especialmente grave cuando se hace uso de la violencia, como en estos casos, ya que las autoridades federales no ciñeron su actuar a los mandatos Constitucionales: no respetaron el debido proceso, incurrieron en detenciones ilegales y arbitrarias al convertir las órdenes de presentación en detenciones, no respetaron los convenios de coordinación pactados con las entidades federativas en materia de seguridad pública, contaron con la prohibida participación de fuerzas del ejército e hicieron uso del arraigo considerado violatorio de derechos humanos por el Grupo de Trabajo sobre Detenciones arbitrarias de las Naciones Unidas.

Condenamos enérgicamente los actos de tortura y otros malos tratos efectuados en perjuicio de algunos de los detenidos, reportados a nuestra organización. La tortura está absolutamente prohibida en cualquier circunstancia y su aplicación produce siempre impunidad e injusticia. No es válido aplicar las viciadas prácticas de investigación que comúnmente utilizan los elementos policíacos en perjuicio de la ciudadanía; su uso es reprobable en todos los casos. Exigimos a las Comisiones Estatal y Nacional de Derechos Humanos su intervención urgente y transparente para documentar de forma eficaz el uso de tortura en estos operativos federales.

Las acciones del gobierno federal son un grave rompimiento del Estado de Derecho, lo cual, en el entorno electoral y lleno de confusión que se vive en el país, sólo ha dado lugar a un gran espectáculo mediático y coyuntural que impactará indebidamente el ejercicio democrático en las próximas elecciones y que repercute negativamente en la situación de derechos humanos en el país.

Exhortamos a todos los distintos actores de sociedad a manifestarse pacíficamente en contra de los mencionados hechos, reprobando el actuar de las autoridades federales y exigiendo el respeto de la Constitución y el federalismo y los derechos humanos.

Fraternalmente,

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS

¿Justicia o injusticia para los adolescentes?

Comunicado No. 0509/016BP

20 de mayo de 2009

¿JUSTICIA O INJUSTICIA PARA LOS ADOLESCENTES?

Somos espectadores de la forma en que las autoridades del Ministerio Público procuran ¿justicia? para los adolescentes involucrados en la pinta colectiva de algunas paredes en edificios y vías urbanas de Monterrey, aparentemente luego de haber sido convocados para participar en la filmación de una película, según declaración del Secretario de Seguridad Pública, difundida en un medio televisivo local el pasado lunes 18 de mayo.

Ponemos en duda el actuar del Ministerio Público, quien consignó a 60 adolescentes entre 14 y 17 años, y a 13 mayores de 18 años, porque procurar justicia significa no sólo la persecución y el castigo de quienes infringen las leyes, sino también la búsqueda de la verdad y la equidad; es decir, equilibrar la balanza de la justicia tomando en cuenta las diferencias existentes entre las personas en cuanto a sus oportunidades de desarrollo integral.

Manifestamos nuestra preocupación por la situación de los adolescentes que se encuentran a disposición de la Jueza Primera de Garantías de Adolescentes Infractores, debido a que se encuentran consignados por el delito de daño en propiedad ajena en la modalidad de pandilla, lo que lo convierte en delito grave, sin derecho a obtener la libertad mediante fianza.  Esperamos que dicha autoridad judicial, en uso de las facultades que le concede el tercer párrafo del artículo 177 del Código Penal del Estado, resuelva la situación jurídica de los mencionados adolescentes con base en los principios que animan el nuevo sistema de justicia creado especialmente para ellos, entre los que destacan la obligación de buscar siempre el mejor bien de los adolescentes, lo que incluye , su formación integral y que su permanencia en su familia y en la sociedad. Solicitamos que aplique en forma prioritaria las reglas sobre el uso excepcional de la privación de libertad, según las cuales, sólo puede aplicarse como último recurso, ya que dejar preso a un adolescente, significa anular su oportunidad de desarrollarse plenamente en el seno de a su familia,  así como su proyecto de vida.

Es importante que la Jueza tome en cuenta que los adolescentes a su disposición forman parte de un grupo especial por sus características de temprana edad y limitadas oportunidades de desarrollo, así como de acceso a los beneficios de educación salud, trabajo y esparcimiento, por lo que esperamos realice una valoración integral de la situación de cada uno, haciendo uso de todas las herramientas  multidisciplinarias a su alcance, revisando también si la conducta en que incurrieron se derivó de la intención de participar en una expresión artística, incluso de índole cinematográfica, y no de una predisposición delictiva.

Es deseable que la decisión de la autoridad judicial especializada permita hacer realidad los derechos estipulados a favor de los adolescentes en los párrafos cuarto, quinto y sexto del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los principios previstos en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y en la Ley del Sistema Especial de Justicia para Adolescentes Infractores del Estado de Nuevo León.

De dicha decisión depende que los referidos jóvenes vivan un proceso reeducativo y no de marginación o exclusión social.

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS, A. C.

Justicia para los adolescentes

Comunicado No. 0509/015BP

19 de mayo de 2009

JUSTICIA PARA LOS ADOLESCENTES

El gobierno de Nuevo León presume sus avances en materia de justicia, destinando importantes recursos financieros, humanos y materiales a la creación de un Sistema Especial de Justicia para Adolescentes, en cuya Ley se establecen reglas sobre la excepcionalidad de la privación de la libertad[1], ubicándola como uno de los últimos recursos en la procuración de justicia.

Sin embargo, a pesar de que la Ley del Sistema Especial de Justicia para Adolescentes del Estado de Nuevo León prevé reiteradamente en distintos apartados que sólo por delito grave puede privarse de la libertad a los adolescentes infractores que hayan alcanzado la edad de catorce años cumplidos, los adolescentes detenidos el domingo pasado por haber participado en una pinta colectiva, permanecen detenidos y, según reportes de algunas de sus madres, podrían ser ingresarlos al Centro Juvenil de Adaptación Social, aún cuando el delito en el que incurrieron no está incluido en el catálogo de delitos graves establecido en el artículo 16 Bis del Código Penal del Estado de Nuevo León.

La misma Ley prevé mecanismos rápidos y eficaces para resolver con diligencia este tipo de conductas, contando con la participación del adolescente infractor, quien, sin duda, debe asumir la responsabilidad de sus actos. Por lo tanto, el Ministerio Público incurre en una seria violación a los derechos fundamentales de seguridad jurídica de los adolescentes acusados, al negarles la protección que la misma Ley les garantiza.

En una sociedad democrática, la sanción de la privación de la libertad es el último recurso al que se recurre, y por ello la Ley antes mencionada expone con claridad su prohibición a este tipo de detenciones,  por lo que estamos convencidos de que confinar a un adolescente , con mucho más razón,  debe ser una de las últimas y más excepcionales decisiones que los juzgados tomen. A lo largo de nuestra trayectoria de 16 años, CADHAC ha denunciando reiteradamente los vicios del sistema penitenciario estatal, suficientes para, en el más afortunado de los casos,  obstaculizar un

proceso de readaptación. Recordemos que un 30 por ciento de la población interna en las prisiones estatales es reincidente. ¿Vamos a ingresar a los adolescentes infractores de delitos menores en este círculo vicioso?… porque lamentablemente la experiencia nos muestra, que una vez realizada su primera detención…

¿Dónde están las autoridades de proteger los derechos de estos adolescentes y jóvenes?

Nuevamente nos encontramos ante un problema de aplicación de las leyes, que parecen no ser válidas para todos los adolescentes, especialmente para quienes viven en situación de pobreza.

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS, A. C.


[1] La privación de libertad se utilizará sólo como medida sancionadora extrema, que se dictará por un tiempo determinado y por el plazo más breve posible, por la comisión de conductas tipificadas como delitos en las leyes penales y calificadas como graves en esta Ley (artículo 18 de la Ley del Sistema Especial de Justicia para Adolescentes del Estado de Nuevo León).

La privación de libertad es una medida de carácter excepcional, que deberá aplicarse cuando no sea posible aplicar ninguna otra y en los supuestos comprendidos en las fracciones II y III del artículo 3 de esta Ley y por los delitos señalados en el artículo 138 de este ordenamiento (artículo 135 de la mencionada Ley).

La privación de libertad en centro especializado para adolescentes podrá ser aplicada únicamente en los casos de delitos graves señalados por el artículo 16 Bis del Código Penal para el Estado de Nuevo León (artículo 138, LSEJA).

Justicia para los niños en el día del niño

Comunicado No. 0409/014BP

29 de abril de 2009

JUSTICIA PARA LOS NIÑOS EN EL DÍA DEL NIÑO

Nuevo León se apresta a concluir los festejos en honor a las niñas y los niños en medio de una alerta sanitaria sin precedente, misma que además de preocuparnos y paralizar un sinnúmero de actividades, sirve para distraer nuestra atención de otros graves problemas, entre ellos

La DESAPARICIÓN Y NO LOCALIZACIÓN de las niñas

ADRIANA GUADALUPE CASTAÑEDA BERNAL y DIANA LIZETH BERNAL HERNÁNDEZ

y del niño

JULIO CÉSAR CASTAÑEDA BERNAL

Quienes después de cuatro meses y medio SIGUEN SIN RECIBIR JUSTICIA por parte de las autoridades de Nuevo León.

Las madres de los mencionados niños, acompañadas por Cadhac, Alternativas Pacíficas y otras organizaciones de la sociedad civil, han realizado todas las gestiones legales a su alcance, han alzado sus voces, han visitado distintas autoridades, han recurrido a los medios de comunicación, y aún así. . . mañana 30 de abril de 2009, Día del Niño, no lo podrán celebrar porque sus hijas e hijo no están con ellas, porque las autoridades han sido ineficaces, no han logrado detener a la o los responsables de su desaparición forzada y han hecho  nugatorio su derecho a vivir en familia y acceder a la justicia pronta y expedita.

La creciente impunidad que representa la ausencia física de ADRIANA GUADALUPE, DIANA LIZETH y JULIO CÉSAR nos obliga seguir preguntando ¿Porqué no avanza su búsqueda?, ¿Porqué no han sido localizados?, ¿Quién o quiénes están de por medio?, ¿Acaso se está protegiendo a la o los responsables? ¿Porqué no hay justicia para los niños en Nuevo León? ¿Realmente les interesa a las autoridades de Nuevo León localizarlos?

No esperamos respuestas veraces a esas preguntas, puesto que el Subprocurador del Ministerio Público, Lic. Alejandro Garza y Garza, nos mintió diciendo que no existía orden de que los niños captados en los cateos realizados a las instalaciones de CAIFAC y remitidos al DIF Nuevo León fuesen retenidos ahí hasta nueva orden ministerial, cuando en realidad sí existe esa orden desde el día 6 de febrero del año en curso, lo cual constituye otro atentado a diversas prerrogativas fundamentales de esos otros niños, ya que sus derechos a la libertad y a vivir en familia están siendo violentados por la Agente del Ministerio Público número 7 en Justicia Familiar, Lic. Martha Nelly Mireles, pues bajo el argumento de “requerir desahogar diversas diligencias para la integración de la indagatoria” los mantiene alejados de sus familiares e ingresados en las instalaciones del DIF Capullos, como si ellos fuesen los responsables directos de la desaparición de los niños mencionados y no víctimas de las injustas acciones del personal adscrito a CAIFAC e infligiéndoles así un nuevo daño emocional, por el dolor que conlleva la separación de sus familiares, quienes, adicionalmente, viven otro vía crucis tratando de recuperarlos.

La única verdad es que DIANA LIZETH, ADRIANA GUADALUPE y JULIO CÉSAR no aparecen y sus respectivas madres y las organizaciones civiles seguimos reclamando a las autoridades de justicia y asistenciales que hagan todo lo necesario para localizarlos, infructuosamente.

A las organizaciones de la sociedad civil sí nos importan las niños y el niño; por ello, seguiremos luchando y no descansaremos sino hasta encontrarlos.

Reiteramos nuestro llamado a la ciudadanía y a los medios de comunicación para que sigan ayudando en la búsqueda de DIANA LIZETH BERNAL HERNÁNDEZ y ADRIANA GUADALUPE y JULIO CÉSAR CASTAÑEDA BERNAL, hasta encontrarlos y regresarlos a sus madres.

¡Feliz Día del Niño?

CIUDADANOS EN APOYO A LOS DERECHOS HUMANOS, A. C.

ALTERNATIVAS PACÍFICAS, A. C.

Nota de última hora: En respuesta a la petición realizada por las organizaciones civiles mencionadas, la SIEDO informó el día de hoy en la tarde, a través de su Unidad Especializada en Investigación para el Tráfico de Infantes y Órganos, que determinó atraer el caso CAIFAC, por lo que desde hace una semana requirió a la Procuraduría General de Justicia del Estado remitir el expediente correspondiente a la Averiguación Previa 2554/2008-VII-4, lo cual hasta la fecha no ha sido realizado.

Dada la urgente situación de riesgo que viven las mencionadas niñas y niño, solicitamos dirijan peticiones telefónicas o escritas para que la Procuraduría General de Justicia del Estado de Nuevo León envíe de inmediato la Averiguación Previa 2554/2008-VII-4 a la Unidad Especializada en Investigación para el Tráfico de Infantes y Órganos de la SIEDO.

Pueden llamar al teléfono (01 81) 20 20 40 33, o enviar las solicitudes escritas a:

C. Lic. Luis Carlos Treviño Berchelmann

Procurador General de Justicia del Estado de Nuevo León

Ocampo 470 Poniente

64,000 Monterrey, Nuevo León

Fax: (01 81) 20 20 40 38

Correo: ltrevino@nl.gob.mx

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