La iniciativa de reforma al artículo 1 de la Constitución del Estado de Nuevo León obstaculiza la protección de los derechos de las mujeres.

26 de mayo del 2014

BP 1405/18

  • Defender el derecho de la mujer a decidir sobre su vida y cuerpo no fomenta el aborto de ninguna manera ni debe estigmatizarse en este sentido.

 

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Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C. (CADHAC) manifiesta su profunda preocupación y rechazo a la reforma al artículo 1 de la Constitución del Estado de Nuevo León propuesta por el diputado Francisco Treviño Cabello, que de ser aprobada favorecería la criminalización de las mujeres y la violación a los derechos humanos.

Dentro de la propuesta de dictamen se alude al artículo 4 del Pacto de San José, que menciona la protección del derecho a la vida, sin embargo no se toman en cuenta otras disposiones internacionales, en las que se le han hecho observaciones específicas al Estado Mexicano en este sentido.

Particularmente cabe señalar las observaciones en la materia realizadas por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de la ONU al Estado Mexicano, en su 52o período de sesiones:

“Al Comité le preocupa que las enmiendas introducidas en las constituciones locales que protegen la vida desde el momento de la concepción hayan puesto en peligro el disfrute por la mujer de su salud y derechos sexuales y reproductivos, aún cuando estas enmiendas no hayan modificado los motivos jurídicos ya establecidos para practicar un aborto”.

En este sentido el Comité pidió al Estado Mexicano que “Armonice las leyes federales y estatales relativas al aborto a fin de eliminar los obstáculos que enfrentan las mujeres que deseen interrumpir un embarazo de forma legal y amplíe también el acceso al aborto legal”.

Así pues, basta con voltear a ver cómo están ya estipulados en nuestra Constitución Local los derechos humanos, y qué es lo que se especifica en los artículos 327 al 331 del Código Penal para el Estado, para entender que en Nuevo León, la protección a la vida está cubierta. Por lo que este tipo de propuestas de reformas resultan totalmente innecesarias y solamente favorecen la confusión de derechos y obligaciones que las autoridades y las ciudadanas y los ciudadanos tienen en relación con el aborto.

Con esta iniciativa el Congreso local no solamente está haciendo caso omiso a las observaciones de las instancias internacionales antes mencionadas y a otras, como las plataformas de acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (El Cairo, 1994) y la Cuarta Conferencia Mundial sobre la mujer (Beijing, 1995), ambas de Naciones Unidas, si no que está obstaculizando cualquier avance en la materia, limitando en lugar de ampliando los derechos de las mujeres.

Aunado a ello estas regulaciones favorecen la recurrencia a la práctica insegura del aborto clandestino, poniendo en riesgo su salud y su vida e incrementando el grave problema de salud pública que esto conlleva.

Si bien no se está reformando el Código penal, la criminalización que se genera con este tipo de reformas superfluas van en contra de un Estado Democrático y del Nuevo Sistema de Justicia Penal, pues la privación de la libertad debe ser el último recurso al que el Estado debe recurrir en contra de la ciudadanía, y solo utilizarse en el caso, cuando la persona represente una amenaza real a la sociedad.

CADHAC exige al Congreso del Estado de Nuevo León legisle con parámetros democráticos, protegiendo las libertades fundamentales y a los grupos más vulnerables de la sociedad ya que la aprobación de esta reforma sería un enorme retroceso para la vigencia de los derechos humanos.

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