Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos, A.C. (CADHAC) expresa su preocupación por el Acuerdo No. 14/2020 Relativo a la Determinación a Continuar y Precisar las Acciones Extraordinarias para Atender la Emergencia Sanitaria Provocada por el Virus SARS-CoV2 (COVID-19) en el Estado de Nuevo León. El Acuerdo, emitido por el titular del ejecutivo del Estado otorga facultades a los elementos policiacos de sancionar a la ciudadanía por inclumplir medidas de prevención, bajo la justificación de que existe una creciente ola de contagios por coronavirus en Nuevo León. No obstante, ello no constituye motivo suficiente para implementar medidas que restrinjan desproporcionadamente los derechos humanos.
Entre las nuevas medidas anunciadas por el secretario de salud Manuel de la O, se declaró el uso obligatorio del cubrebocas, la prohibición de reuniones de más de 20 personas, tanto en la vía pública como en los domicilios particulares, y restricciones en horarios y aforo de ciertos establecimientos. Al incumplir dichas medidas, elementos policiacos incluyendo a la Fuerza Civil, cuenta con las atribuciones necesarias para sancionar con arrestos de hasta 36 horas, multas, así como la otorgación de trabajo comunitario.
El ámbito jurídico mexicano y convencional establece que, al tratarse de restricciones a los derechos humanos, deben de cumplirse los parámetros de proporcionalidad, razonabilidad, necesidad y no discriminación, mismos que no se advierten se encuentren cubiertos en el mencionado Acuerdo.
A modo de ejemplo, dichas medidas van en contra de lo señalado en la Declaración de la Corte Interamericana de Derechos Humanos 1/20 y la Resolución No. 1/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sobre las obligaciones de los Estados durante la pandemia del COVID-19. En consiguiente, las restricciones decretadas podrían causar la violación de las responsabilidades internacionales del Estado mexicano.
En específico, en la Resolución No. 1/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, menciona la posibilidad de restricciones en espacios públicos y comunes, sin embargo no hace alusión a restricciones en domicilios particulares. Aunado, la presente medida de prevención, atenta contra lo señalado en el Artículo 16 constitucional, en donde se presenta el principio de inviolabilidad del domicilio por parte de las autoridades como garantía de protección a la ciudadanía.
Desde CADHAC, consideramos preciso señalar que el otorgamiento de atribuciones a los cuerpos policiales para sancionar a la ciudadanía, podría aumentar el número de violaciones a los derechos humanos de la población del Estado de Nuevo León. Es imperante que las medidas de prevención se apeguen al marco nacional e internacional de protección a los derechos humanos.
Información adicional
Acuerdo No. 14/2020 Relativo a la Determinación a Continuar y Precisar las Acciones Extraordinarias para Atender la Emergencia Sanitaria Provocada por el Virus SARS-CoV 2 (COVID-19) en el Estado de Nuevo León fue emitido el día 29 de octubre en el Periódico Oficial del Estado de Nuevo León y entró en vigor a partir del domingo 1ero de noviembre.
Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos (CADHAC), es una organización civil, apartidista y sin fines de lucro, que promueve y defiende los derechos humanos en Nuevo León desde 1993.